Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 10077/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial a favor de la peticionante, Sra. María de los Angeles Vergara, D.N.I. 25.043.783, para la explotación del rubro “Verdulería y Frutería”, en el local sito en la Av. Vergara N° 4115, de la Ciudad de Hurlingham, identificado catastralmente como Circ. IV, Sección D, Manzana 12, Parcela 19b.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 10077/03 H.C.D., (4133-03-2162 D.E.).

Art. 3º: La autorización concedida por el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de abril de dos mil cuatro.

REGISTRADA BAJO EL N° 3723.

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