Cde. Expte. Nº 7020/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado a la peticionante, Sra. Noemí Antuña, D.N.I. 5.966.885, según constancias obrantes a fs. 28 del Expte. N° 7020/01 H.C.D., (4133-01-3187 D.E.).
Art. 2°: Exímese a la peticionante, Sra. Noemí Antuña, D.N.I. 5.966.885, del pago del 100 % de las costas de la acción judicial iniciada, quedando a cargo de la misma el pago de los costos del juicio.
Art. 3°: Exímese a la peticionante, Sra. Noemí Antuña, D.N.I. 5.966.885, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 203.815, según el monto que se desprende a fs. 24, 25 y 26 del Expte. N° 7020/01 H.C.D., (4133-01-3187 D.E.) y por el año 2004, inclusive.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 3769.