Cde. Expte. Nº 10105/04 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado al peticionante, Sr. Andrés Vera Mieres, D.N.I. 93.137.517, según constancias obrantes a fs. 34 del Expte. N° 10105/04 H.C.D., (4133-03-1684 D.E.).
Art. 2°: Exímese al peticionante, Sr. Andrés Vera Mieres, D.N.I. 93.137.517, del pago del 100 % de la Costas por la Acción Judicial iniciada. Quedando a cargo del contribuyente el pago de los Costos de la misma.
Art. 3°: Exímese al peticionante, Sr. Andrés Vera Mieres, D.N.I. 93.137.517, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 149.076, según el monto que se desprende a fs. 30, 31 y 32 del Expte. N° 10105/04 H.C.D., (4133-03-1684 D.E.).
Art. 4°: Exímese al peticionante, Sr. Andrés Vera Mieres, D.N.I. 93.137.517, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 149.076, por los años 2002, 2003 y 2004, respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los catorce días del mes de mayo de dos mil cuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 3798.