Cde. Expte. Nº 0141/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Apruébase el uso Planta Depuradora de Efluentes en el predio identificado como Circunscripción IV, Sección P, Manzana 68b, Parcela 1.
Art. 2º: La Planta deberá construirse de acuerdo a las Leyes Nacionales, Provinciales y Municipales vigentes.
Art. 3º: Autorízase a la Empresa Molinos Río de la Plata, con Establecimiento Tres Cruces S.A., a la apertura de veredas y pavimentos para la construcción de las tuberías de impulsión por el siguiente recorrido: por la calle Teniente Origone desde pozo de bombeo hasta la intersección con la calle Mazzarello, por vereda de la planta industrial (oeste), por la calle Mazzarello desde intersección con la calle Teniente Origone hasta la intersección con la calle Los Toldos, por vereda sur, por la calle Los Toldos desde la intersección con la calle Mazzarello hasta la intersección con la calle La Patria, donde ingresa a la Planta Depuradora.
Art. 4º: Autorízase a la Empresa Molinos Río de la Plata, con Establecimiento Tres Cruces S.A., a la apertura de veredas y pavimentos para la construcción de las tuberías de descarga por el siguiente recorrido: por la calle La Patria, desde la planta depuradora hasta la intersección con la calle 17 de noviembre por vereda norte, por la calle 17 de noviembre desde la intersección con la calle La Patria hasta la intersección con la calle E.L. Plass por vereda oeste, por la vereda sur de la calle E. L. Plass desde la intersección con la calle 17 de noviembre hasta la boca de registro existente en la calle Malarredo correspondiente al sistema pluvial que descarga en el arroyo Morón.
Art. 5º: Las obras se construirán según los planos que figuran en el expediente Nº 4133-96001, Fs. 63 a 83.
Art. 6º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles administrativos subsiguientes a partir de esta Ordenanza, el contratista deberá constituir una garantía equivalente al cinco por ciento (5 %) del monto total de la obra que se realice en la vía pública y efectivizar el equivalente al uno por ciento (1 %) del mismo.
Art. 7º: La Empresa Contratista deberá constituir una póliza de accidentes de trabajo del personal involucrado y de Responsabilidad Civil.
Art. 8º: La ejecución de los trabajos deberá realizarse de acuerdo al Pliego de bases y Especificaciones Técnicas para las obras de apertura de vía pública, que se encuentra a disposición de la Contratista en la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos.
Art. 9º: Los trabajos en la vía pública deberán estar concluídos antes de la inauguración de la planta de tratamiento, debiendo quedar las veredas y pavimentos afectados en perfectas condiciones.
Art. 10º: La Supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección de Servicios por Terceros de la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos, para lo cual la Contratista deberá proveer durante todo el lapso de la obra, de un vehículo para realizar las inspecciones.
Art. 11º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0025.