Cde. Expte. Nº 10259/04 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Amandio Ernesto Gómez, D.N.I. 6.976.395, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 44.220, por los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004 respectivamente. Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de agosto dos mil cuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 3892.