Cde. Expte. Nº 9064/03 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado al peticionante, Sr. Eduardo Ramón Ferro, D.N.I. 4.929.238, según constancias obrantes a fs. 22 del Expte. N° 9064/03 H.C.D., (4133-03-0452 D.E.).
Art. 2°: Exímese al peticionante, Sr. Eduardo Ramón Ferro, D.N.I. 4.929.238, del pago del 100 % de las Costas de la Acción Judicial iniciada, quedando a cargo del contribuyente el pago de los Costos de la misma.
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de agosto dos mil cuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 3906.