Cde. Expte. Nº 9304/03 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Julio Céspedes Domínguez, D.N.I. 93.666.814, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, Partida N° 183.503, por los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004, respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de agosto dos mil cuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 3912.