Cde. Expte. Nº 0451/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase a la Empresa GAS NATURAL BAN S.A. a la apertura de veredas y pavimento, para la obra de renovación de dispersores de corriente, según proyecto de la Empresa Nº 1027 y 1036 en la calle El Ñandú Nº 4810 esquina Aristizábal de la Localidad de Santos Tesei, conforme planos y memoria descriptiva obrantes a Fs. 4 a 9 del expediente Nº 4133-96000697.
Art. 2º: El plazo de ejecución de la obra será de quince (15) días corridos. A tal fin la Empresa autorizada deberá comunicar a la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la fecha de iniciación de los trabajos.
Art. 3º: La Empresa autorizada deberá cumplimentar lo dispuesto en el artículo 56 y 102 de la Ordenanza General Nº 165.
Art. 4º: La Empresa autorizada deberá adoptar los recaudos necesarios para que la ejecución de los trabajos no cause daños y/o perjuicios a terceros o al Patrimonio Municipal de cualquier índole que éstos fueran, en cuyo caso la responsabilidad será y estará a cargo de la Empresa.
Art. 5º: La Empresa autorizada deberá cumplimentar lo establecido en las normas y especificaciones para las obras de apertura de vía pública, debiendo dejar en perfectas condiciones las veredas y pavimentos afectados por la obra.
Art. 6º: La Municipalidad podrá disponer el retiro de las instalaciones cuando razones de interés general lo requieran, sin que ello implique cargo alguno para la Comuna.
Art. 7º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0036.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE HURLINGHAM