Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. 0673/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase a la Empresa Telefónica de Argentina S.A. a la apertura de veredas y pavimentos para los trabajos de instalación necesarios para la colocación de cabinas de telefonía de uso público en la Localidad de Hurlingham según croquis de Fs. 5 a 22 y direcciones detalladas a Fs. 2 del expediente Nº 0673/96 H.C.D., (4133-96-0004187-0 D.E.).

Art. 2º: El plazo de ejecución de la obra será de treinta y cinco (35) días corridos. A tal fin la Empresa deberá comunicar a la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la fecha de iniciación de los trabajos.

Art. 3º: La Empresa deberá cumplimentar lo dispuesto en el Artículo 56 y 102 de la Ordenanza General Nº 165/73.

Art. 4º: La Empresa deberá adoptar los recaudos necesarios para que la ejecución de la obra no cause daños y/o perjuicios a terceros o al patrimonio Municipal, de cualquier índole que éstos fueren, en cuyo caso la responsabilidad y reparación serán y estarán a cargo de la Empresa.

Art. 5º: La Empresa deberá cumplimentar lo establecido en las normas y especificaciones técnicas para las obras de apertura de vía pública, debiendo dejar en perfectas condiciones las veredas y pavimentos afectados por la obra.

Art. 6º: La Municipalidad podrá disponer el retiro de las instalaciones cuando razones de interés general lo requieran, sin que ello implique cargo alguno para la Comuna.

Art. 7º: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0063.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE HURLINGHAM

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