Cde. Expte. Nº 10714/04 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: Gírase al D.E. el Expte. N° 10714/04 H.C.D., para que a través de los organismos competentes, realice el correspondiente informe técnico del lugar en cuestión y:
Si la venta de productos, accesorios para mascotas y/o alimentos balanceados para animales a granel está contemplada como actividad accesoria de productos veterinarios o como producto veterinario.
Si en el local cuya habilitación por vía de excepción se peticiona, vende alimentos balanceados para animales a granel.
Cumplido, infórmese al H.C.D.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de Septiembre de dos mil cuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 270/04