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Cde. Expte. Nº 10577/04 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado al peticionante, Sr. Francisco Procopio, L.E. 4.112.526, según constancias obrantes a fs. 24 del Expte. N° 10577/04 H.C.D., (4133-04-0075 D.E.).

Art. 2°: Quedan a cargo del contribuyente el pago de las Costas y Costos de la Acción Judicial iniciada.

Art. 3°: Exímese al peticionante, Francisco Procopio, L.E. 4.112.526, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 185.645, según el monto que se desprende a fs. 20, 21, 22 y 23 del Expte. N° 10577/04 H.C.D., (4133-04-0075 D.E.) y años 2004 y 2005 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los diez días del mes de junio de dos mil cinco.

REGISTRADA BAJO EL N° 4246.

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