Cde. Expte. Nº 10588/04 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. Juan Manuel La Rocca, D.N.I. 25.396.009, para la explotación del rubro Taller de Chapa y Pintura en el local sito en Av. Vergara N° 2419 de la Localidad de Santos Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 371, Parcela 19a.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 10588/04 H.C.D., (4133-04-2050 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. Asimismo, deberá cumplimentar lo solicitado a fs. 16 y además, deberá colocar alarmas tanto en la entrada como en la salida auditiva y visual.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil cinco.
REGISTRADA BAJO EL N° 4386.