Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 10588/04 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. Juan Manuel La Rocca, D.N.I. 25.396.009, para la explotación del rubro “Taller de Chapa y Pintura” en el local sito en Av. Vergara N° 2419 de la Localidad de Santos Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 371, Parcela 19a.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 10588/04 H.C.D., (4133-04-2050 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. Asimismo, deberá cumplimentar lo solicitado a fs. 16 y además, deberá colocar alarmas tanto en la entrada como en la salida auditiva y visual.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil cinco.

REGISTRADA BAJO EL N° 4386.

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