Cde. Expte. Nº 10668/04 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Declárase Monumento Histórico Municipal al Templo Parroquial de la Iglesia de Santa Marta sito en la Av. Vergara 955 de la Ciudad de Villa Tesei.
Art. 2°: Arbítrense los medios para que se coloque una placa en su frente que identifique a este lugar con la denominación y la fecha de su creación como Monumento Histórico Municipal a dicho edificio.
Art. 3°: Inclúyanse dentro de la presente los elementos de su interior a saber:
Imágenes sagradas que datan de su fundación.
Pila bautismal.
Mesa del Altar.
Bancos del Templo.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los catorce días del mes de octubre de dos mil cinco.
REGISTRADA BAJO EL N° 4424.