Cde. Expte. N° 11801/05 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Prorrógase por 180 (ciento ochenta) días corridos la Ordenanza N° 3247.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de noviembre de dos mil cinco.
REGISTRADA BAJO EL N° 4479.