Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 11801/05 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Prorrógase por 180 (ciento ochenta) días corridos la Ordenanza N° 3247.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de noviembre de dos mil cinco.

REGISTRADA BAJO EL N° 4479.

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