Cde. Expte. Nº 11453/05 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: El D.E. a través de los organismos competentes, procederá a realizar relevamiento e inspección de cada una de las Empresas que desarrollan actividad en el predio I.N.T.A., dicho informe deberá contener:
Actividad desarrollada y descripción de los volúmenes de producción.
Superficie a habilitar.
Cantidad de personal que desempeña tareas en cada una de ellas.
Normas de seguridad que cumplen.
Fecha de inicio de actividades.
Descripción de la eliminación y tratamiento de residuos sólidos, líquidos y gaseosos.
Potencias instaladas (HP)
Si está previsto o no instalación de nuevas empresas.
Art. 2°: El D.E. procederá a adjuntar copia del convenio de reciprocidad entre la Municipalidad de Hurlingham y el I.N.T.A., mencionado a fs. 15 de las presentes actuaciones.
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil cinco.
REGISTRADA BAJO EL N° 185/05.
Ursula Susana Filippo Silvia Cristina Caprara
SECRETARIA PRESIDENTE
H.C.D. HURLINGHAM H.C.D. HURLINGHAM