Cde. Expte. Nº 11940/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. Ernesto D´Angelo, D.N.I. 22.642.295, para la explotación del rubro Venta al Público de Helado con Elaboración en el local sito en la Diego de Carvajal N° 1002 esquina Necochea N° 2008 de la Localidad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 180, Parcela 7a.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 11940/06 H.C.D., (4133-05-2341 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. Dicha autorización está sujeta a que el peticionante no tenga deudas con el municipio.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionantes de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil seis.
REGISTRADA BAJO EL N° 4546.