Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 11295/05 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de la peticionante, Sra. Estela Leonor Mamani, D.N.I. 11.516.674, para el rubro correspondiente a “Venta de Ropa” en los términos de la Ordenanza N° 130, en el local sito en su domicilio en la calle Isabel del Maestro N° 3460, de la localidad de W. C. Morris, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección P, Manzana 321, Parcela 21.

Art. 2°: Exímese a la peticionante, Sra. Estela Leonor Mamani, D.N.I. 11.516.674, de la presentación de plano para la correspondiente habilitación.

Art. 3°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 11295/05 H.C.D., (4133-04-3309 D.E.).

Art. 4°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 5º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 6º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4843.

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