Cde. Expte. Nº 12188/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a incorporar lo solicitado por el peticionante, Sr. Ricardo Daniel Sahagun, D.N.I. 14.059.745, a los beneficios que otorga la Ordenanza 3861, para la obra sita en la Av. Pedro Díaz N° 381/3/5 de Santos Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circ. IV, Sección E, Chacra 8, Manzana 8n, Parcela 25.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 12188/06 H.C.D., (4133-05-3462 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de octubre de dos mil seis.
REGISTRADA BAJO EL N° 4861.