Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 9998/03 H.C.D. y adjto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, en los términos de la Ordenanza N° 130, a favor de la peticionante, Sra. Alejandra Marisa Ferro, D.N.I. 18.497.733, para la explotación del rubro “Despacho de Pan” en el local sito en la calle Dolores de Huici N° 3360 de la Localidad de W. C. Morris, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 271, Parcela 7.

Art. 2°: Exímese a la peticionante, Sra. Alejandra Marisa Ferro, D.N.I. 18.497.733, del pago de la Tasa por Derechos de Habilitación, correspondiente a la autorización concedida por el Art. 1°.

Art. 3°: Exímese a la peticionante, Sra. Alejandra Marisa Ferro, D.N.I. 18.497.733, del pago de la deuda por la Tasa por Seguridad e Higiene, de los años 2001 a 2005 y por el año 2006, Legajo N° 302.106.

Art. 4°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 9998/03 H.C.D., (4133-03-2795 D.E.), y adjunto N° 5376/00 H.C.D., (4133-00-7482 D.E.).

Art. 5°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 6º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 7°: Derógase la Ordenanza N° 1827.

Art. 8º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de octubre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4874.

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