Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12544/06 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase a la Empresa PROTECNIC S.R.L. y a la COOPERATIVA “RENACER” Ltda., de acuerdo a Nota de fecha 13/09/06 a fj. 27del Instituto de la Vivienda-Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “Los Ejecutantes”, a realizar bajo el régimen Ordenanza General N° 165/73 y la Ley Orgánica de las Municipalidades, Art. 132, según Texto Ley 10706/88, (Modalidad Costo Cubierto), la extensión de red de gas natural en cruce de calle VALENCIA en su intersección con calle Bizet. Cruce de calle BIZET en su intersección con calle Valencia. Calle BIZET entre Calle Valencia y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 325. 1 cuadra 1 frente. Cruce de calle Sin Nombre en su intersección con Calle Bizet. Calle Bizet entre Calle Sin Nombre y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 329. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle Sin Nombre en su intersección con calle Bizet. Calle BIZET entre Calle Sin Nombre y Calle Granada. Circ. IV. Sección P. Manzana 333. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle GRANADA en su intersección con Calle Bizet. Calle BIZET entre Calle Granada y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 336. 1 cuadra 1 frente. Calle Sin Nombre entre Calle Bizet y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 336. 1 cuadra 1 frente. Calle Sin Nombre entre Calle Sin Nombre y Calle Granada. Circ. IV. Sección P. Manzana 336. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle GRANADA en su intersección con Calle Sin Nombre. Calle Sin Nombre entre Calle Granada y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 333. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con Calle Sin Nombre. Calle SIN NOMBRE entre Calle Sin Nombre y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 329. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con Calle Sin Nombre. Calle SIN NOMBRE entre Calle Sin Nombre y Valencia. Circ. IV. Sección P. Manzana 325. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con calle Valencia. Calle VALENCIA entre Calle Sin Nombre y Bizet. Circ. IV. Sección P. Manzana 325. 1 cuadra 1 frente. Calle GRANADA entre Calle Bizet y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 333. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle GRANADA en su intersección con Calle Sin Nombre. Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con calle Granada. Calle SIN NOMBRE entre Calle Granada y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 337. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con Calle Sin Nombre. Calle SIN NOMBRE entre Calle Sin Nombre y Calle Génova. Circ. IV. Sección P. Manzana 337. 1 cuadra 1 frente. Calle GENOVA entre Calle Sin Nombre y Calle Granada. Circ. IV. Sección P. Manzana 337. 1 cuadra 1 frente. Calle GRANADA entre Calle Génova y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 337. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle GENOVA en su intersección con Calle Granada. Calle GENOVA entre Calle Granada y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 338. 1 cuadra 1 frente. Calle GRANADA entre Calle Génova y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 338. 1 cuadra 1 frente. Calle SIN NOMBRE entre Calle Granada y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 338. 1 cuadra 1 frente. Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con Calle Granada. Calle SIN NOMBRE entre Calle Granada y Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 339. 1 cuadra 1 frente. Calle SIN NOMBRE entre Calle Sin Nombre y Calle Desaguadero. Circ. IV. Sección P. Manzana 339 (Parcial). Calle GRANADA entre Calle Sin Nombre y Calle Desaguadero. Circ. IV. Sección P. Manzana 339 (Parcial). Cruce
de Calle GRANADA en su intersección con Calle Sin Nombre. Según Proyecto HU 292 elaborado por la Empresa GAS NATURAL BAN a fj. 30 y Cruce de Calle SIN NOMBRE en su intersección con calle interna del Barrio, entre Calle Sin Nombre y Bizet y Cruce de Calle Interna del Barrio en su intersección con Calle Sin Nombre. Circ. IV. Sección P. Manzana 329 (Parcial) según Proyecto HU 522 elaborado por la Empresa GAS NATURAL BAN a fj. 31. Partido de Hurlingham.

Art. 2°: Concluida la obra autorizada en el Art. 1° de la presente Ordenanza, se estará en condiciones de realizar la continuación de la cañería interna dentro de las Manzanas de la Circ. IV. Sección P. Mz. 325, 329, 333 y 336, según Proyecto elaborado por Gas Natural Ban HU 522 a fj. 31

Art. 3°: En cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza General 165/73, dentro de los 10 (diez) días hábiles administrativos subsiguientes a la notificación de la respectiva Ordenanza, la Empresa deberá constituir una garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total y efectivizar el equivalente al 1% (uno por ciento) del mismo, según Art. 56 y 102 de la citada Ordenanza General respectivamente, como asimismo el 3% por Derechos de Construcción en la Vía Pública. Ordenanza 1880.

Art. 4°: “Los Ejecutantes” deberán constituir previo al inicio de los trabajos, una Póliza de Accidentes de Trabajo del personal involucrado y de Responsabilidad Civil que deberá tener validez desde la fecha del Acta de iniciación de las obras hasta la fecha del Acta de Recepción Provisoria.

Art. 5°: “Los Ejecutantes” a través de un profesional responsable de los trabajos deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5920 en lo que respecta a Aportes Previsionales, y el visado del Colegio Profesional correspondiente.

Art. 6°: La ejecución de los trabajos deberá realizarse de acuerdo al Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas para las obras de apertura de vía pública, que se encuentra a disposición de “Los Ejecutantes” en la Dirección General de Servicios Públicos.

Art. 7°: “Los Ejecutantes” deberán adoptar los recaudos necesarios para que la ejecución de la obra no cause daños y/o perjuicios a terceros o al patrimonio municipal, de cualquier índole que estos fueren, en cuyo caso la responsabilidad y reparación serán y estarán a cargo de “Los Ejecutantes”.

Art. 8°: La Municipalidad podrá disponer el retiro de las instalaciones cuando razones de interés general lo requieran, sin que ello implique cargo alguno para la Comuna.

Art. 9°: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 24 (Veinticuatro) días corridos, según consta a fj. 21 del Expediente N° 12544/06 H.C.D., (4133-2006-0339 D.E.). A tal fin “Los Ejecutantes”, deberán comunicar a la Dirección General de Servicios Públicos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la fecha de iniciación de los trabajos.

Art. 10º: La Empresa deberá realizar todas las reparaciones, tanto de veredas como de calzadas, cuando por su intervención, estas hubiesen sido removidas, reparándolas con materiales iguales a las existentes.

Art. 11°: La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección General de Servicios Públicos, para lo cual “Los Ejecutantes” deberán proveer durante todo el plazo de obra de una movilidad para realizar las inspecciones.

Art. 12°: Comuníquese al D.E.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de noviembre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4903.

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