Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12546/06 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase a la Empresa AySA S.A. a realizar bajo el régimen Ordenanza General N° 165/73 y la Ley Orgánica de las Municipalidades, Art. 132, según Texto Ley 10706/88, (Modalidad Costo Cubierto), la ejecución de los siguientes trabajos:

Dos pozos de exploración para renovar perforaciones semisurgentes existentes, en calle CUZCO entre El Zorzal y Palermo, Circ. IV. Sección P. Manzana 25, y en calle VALENCIA entre Calle Sin Nombre y Desaguadero. Circ. IV. Sección P. Manzana 328 respectivamente. De acuerdo a proyecto elaborado por la Empresa AySA S.A. en plano “Pozo de Exploración-Renovación PSS 132 133” a fj. 4.

Refuerzo de cañería de PVC DN 160 mm., de 680 m. de longitud por vereda de la calle FLORESTA entre calle Miramar y calle Granada, Circ. IV. Sección P. Manzanas 14, 15, 181 y 182. De acuerdo a proyecto elaborado por la Empresa AySA S.A. en plano “Refuerzo a Barrio Mitre” a fj. 5.

Refuerzo de cañería de PVC DN 315 mm. De 530 m. de longitud en vereda de calle GUILLERMO C. ROENTGEN entre Av. Gobernador Valentín Vergara (Ruta Provincial N° 4) y calle Maestra Catalina G. Pizzagalli. Cruce de AV. GOBERNADOR VERGARA-Ruta Provincial N° 4 (Camino de Cintura) en su intersección con calle Guillermo C. Roentgen. Circ. IV. Sección J. Manzanas 310, 311 y 312. Según proyecto elaborado por la Empresa AySA S.A. en plano “Refuerzo a Villa Tesei” a fj. 6.

Art. 2°: Exímese a la Empresa AySA S.A. para la presente obra, del pago de los Tributos, Tasas y/o Gravámenes Municipales que correspondan de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General N° 165/73 (1% Gastos Administrativos, 5% Garantía de Obra y 3% Derechos de Construcción por Obras en la Vía Pública-Ord. N° 1880). por los motivos expuestos en el informe producido por el Departamento de Redes e Infraestructura a fj. 8.

Art. 3°: La Empresa AySA S.A. paralelamente deberá presentar la tramitación y a posteriori la autorización expedida por Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, por tratarse la Av. Vergara en su intersección con la calle Roentgen, de un Sector de la Ruta Provincial N° 4. (Camino de Cintura), donde se ejecutará la obra, dicha documentación será adjuntada al presente expediente.

Art. 4°: La Empresa deberá constituir previo al inicio de los trabajos, una Póliza de Accidentes de Trabajo del personal involucrado y de Responsabilidad Civil que deberá tener validez desde la fecha del Acta de iniciación de las obras hasta la fecha del Acta de Recepción Provisoria.

Art. 5°: La ejecución de los trabajos deberá realizarse de acuerdo al Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas para las obras de apertura de vía pública, que se encuentra a disposición de la Empresa en la Dirección General de Servicios Públicos.

Art. 6°: La Empresa deberá adoptar los recaudos necesarios para que la ejecución de la obra no cause daños y/o perjuicios a terceros o al patrimonio municipal, de cualquier índole que estos fueren, en cuyo caso la responsabilidad y reparación serán y estarán a cargo de la Empresa.

Art. 7°: La Municipalidad podrá disponer el retiro de las instalaciones cuando razones de interés general lo requieran, sin que ello implique cargo alguno para la Comuna.

Art. 8°: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 105 (ciento cinco) días corridos, según consta a fj. 1. A tal fin la Empresa deberá comunicar a la Dirección General de Servicios Públicos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la fecha de iniciación de los trabajos.

Art. 9º: La Empresa deberá realizar todas las reparaciones, tanto de veredas como de calzadas, cuando por su intervención, estas hubiesen sido removidas, reparándolas con materiales iguales a las existentes.

Art. 10°: La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección General de Servicios Públicos, para lo cual la Empresa deberá proveer durante todo el plazo de obra de una movilidad para realizar las inspecciones.

Art. 11°: Comuníquese al D.E.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de noviembre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4905.

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