Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12227/06 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Desaféctase de la zonificación dispuesta por el Código de Ordenamiento Urbano, Ordenanza N° 10.832, a las parcelas con frente a las calles que se mencionan a continuación y se las afecta a Corredor Comercial Central, C.C.C.

a) Jauretche, Arturo
desde Roca, Julio A. Gral. hasta Argerich, Germán.
b) Debussy,
desde Vergara Valentín Gob. Avda., hacia Río Colorado, 50 m.
c) Argerich Germán
desde Vergara Valentín Gob. Avda. hasta Mascagni.
d) Díaz de Solís Juan,
desde Jauretche Arturo hacia Vergara Valentín Gob. Avda. 40 m.
desde Jauretche Arturo hacia La Católica, Isabel, 40 m.
e) De Garay, Juan de
desde Jauretche Arturo, hacia Crucero Gral. Belgrano 40 m.
f) Remedios de Escalada
desde Jauretche Arturo hacia Crucero Gral. Belgrano 40 m.
desde Jauretche Arturo hacia Vergara Valentín Gob. Avda. 40 m.
g) Richieri Pablo Tte. Gral.
desde Jauretche Arturo hasta Crucero Gral. Belgrano.
Desde Jauretche Arturo hacia Hidalgo Andrés, 40 m.
h) Newbery Jorge,
desde Jauretche Arturo, hacia Crucero Gral. Belgrano, 40 m.
desde Jauretche hacia Hidalgo, Andrés 40 m.
i) Güemes Martín Gral.
desde Jauretche Arturo hacia Salazar Juan B. 70 m.
desde Jauretche Arturo hacia Crucero Gral. Belgrano, 40 m.
j) Salazar Juan B.
desde Jauretche Arturo hacia Güemes Martín Gral. 40 m.
k) Tambo Nuevo
desde Jauretche Arturo hacia Pigüe 50 m.
l) Vergara Valentín Gob. Avda.
desde Jauretche A. hasta Bizet/Atuel
desde Jauretche A. hacia Díaz de Solís Juan, 145 m
ll) Roca Julio A. Gral.
desde Rodríguez Alfredo Gral. hasta Gómez José M. Sgto.

El predio de esquina, según lo previsto en el art. 3.1. de la Ordenanza 10.832 para alineamientos.

Art. 2°: Se denomina Corredor Comercial Central, C.C.C. al alineamiento de comercios correspondientes a rubros de primer nivel de jerarquía del Partido conformado por los frentes de las calles indicadas en el art. 1 del presente.

Art. 3°: El Corredor Comercial Central admite los usos del Área Central AC, que se indican a continuación: Residencia, administración, comercios, servicios, equipamientos, industria y depósitos con la complejidad prevista en AC Área Central.

Art. 4°: A las parcelas que conforman el Corredor Comercial Central, se le asignan los siguientes indicadores urbanos,

F.O.S. 0,6
F.O.T. 0,8
Densidad neta 130 hab. por ha.
Altura máxima 9 m.
Número de viviendas por lote, una cada 300m2 de terreno.
Parcela mínima 12 m. de frente y 300 m2 de superficie

Art. 5°: El Plano que acompaña a la presente Ordenanza delimita los alcances de la zonificación CCC.

Art. 6°: Derógase la Ordenanza 4729.

Art. 7°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4957.

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