Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12596/06 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. José Gerardo Acevedo, D.N.I. 10.500.149, para la explotación del rubro “Venta de Carbón y Leña sin fraccionamiento” en el local sito en la calle Av. Julio A. Roca N° 2796, de la Ciudad de William C. Morris, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 12, Parcela 8.

Art. 2°: Autorízase al D.E. a exceptuar al peticionante Sr. José Gerardo Acevedo, D.N.I. 10.500.149, de la presentación de plano por la autorización concedida en el art. 1°.

Art. 3°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 12596/06 H.C.D., (4133-05-1960 D.E.).

Art. 4°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 5º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 6°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4959.

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