Cde. Expte. Nº 0271/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El Departamento ejecutivo a través de la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos, procederá elevar a este H.Concejo Deliberante, el siguiente informe relacionado con el Plan de asfaltos Comunitarios, de la Provincia de Buenos Aires:
A) Especificar qué calles y a qué barrios pertenecen, las cuadras que se incorporan al plan, en función de las 240 acordadas por el mismo.
B) Atento al punto A); cuál fué el criterio utilizado para determinar esas cuadras.
C) En relación a los frentistas; si está establecida la forma de financiación, si hay varias alternativas y qué requisitos deberán cumplimentar.
D) Si se ha fijado fecha de iniciación de la obra; el lugar dónde se comenzará y el desarrollo de la misma, hasta su culminación.
E) Si ya se ha determinado el área de competencia para esta obra, tanto administrativamente como de servicio. Personal asignado y responsabilidad de los mismos.
F) Competencia del Municipio de Hurlingham, en relación a la Provincia de Buenos Aires y/o a terceros; referida a costos, supervición, provisión de materiales, ejecución, etc.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 050/96.