Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 8741/02 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1°: a. En base a que normativa se ha dado la autorización provisional para funcionar y por qué expediente.
b. Si a la fecha, la citada empresa continúa funcionando, qué tipo de producto fabrica, procesa o manipula de cualquier manera.
c. Estado de cumplimiento de la normativa provincial, especialmente certificado de Aptitud Ambiental, según Ley 11.459/93 y su Dto. Reglamentario N° 1741/96, acompañando las constancias del caso y dado que el rubro que explota según informe de obras particulares puede ser peligroso para operarios y terceros, si la obra cumple con la normativa en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo y si presentó informe de Siniestría.
d. Qué tipo de sistema de desecho de efluentes cloacales o de otro tipo está utilizando.
e. Informe de deuda por impuestos o tasas municipales que registre.
f. Inspecciones a las cuales está supeditada el rubro que explota la citada empresa, autoridad que debe efectuarlas y frecuencia de las mismas.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 360/06.

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