Cde. Expte. Nº 12544/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Derógase la Ordenanza N° 4903, obrante en el Expediente N° 12544/06 H.C.D (4133-06-0339 D.E.), por manifestarse la imposibilidad de comenzar la obra para la que se había pedido autorización.
Art. 2°: El D.E. a través de los Organismos competentes, procederá a la devolución del importe abonado por el contribuyente en concepto de Derechos de Construcción.
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los tres días del mes de abril de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 4984.