Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 9703/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de la peticionante, Sra. Zulema Isabel Gómez, D.N.I. 16.379.315, para la explotación del rubro “Despensa, Fiambrería, Rotisería” en el local sito en la calle Márquez de Avilés N° 1232/34 de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 101, Parcela 36c.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 9703/03 H.C.D., (4133-03-0095 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. El D.E. verificará el cumplimiento de todas las normas municipales, provinciales y nacionales que rigen en estos rubros. Además, se verificará el cumplimiento de lo indicado a fj. 36 de las presentes actuaciones.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de abril de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 4987.

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