Cde. Expte. Nº 0262/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes arbitrará los medios necesarios, dentro de sus posibilidades y teniendo en cuenta las obras que se realizarán a través de los fondos del Conurbano Bonaerense, el asfaltado de la calle Veragua entre Lángara y Aristizábal.
Art. 2º: Se bachearán y reacondicionarán las calles:
a) F. Frías, entre P. Díaz y Malaredo.
b) Malaredo, entre F. Frías y M. Lebenshon.
c) M. Lebenshon, entre Malaredo y Lángara.
Art. 3º: Se instalarán carteles indicadores y semáforos donde se determine, a través de los estudios técnicos correspondientes.
Art. 4º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0096/96.