Cde. Expte. Nº 12642/07 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Adhiérese a lo dispuesto por la Ley Provincial N° 13.543, PREMIO ANUAL DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A LOS MEJORES DIRIGENTES DE ENTIDADES DE BIEN PUBLICO DE NUESTRA PROVINCIA, según constancias obrantes a fjs. 2, 3, 4 y 5 del Expte. N° 12642/07 H.C.D. (4133-07-0178 D.E.).
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de abril de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 5001.