Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12642/07 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Adhiérese a lo dispuesto por la Ley Provincial N° 13.543, “PREMIO ANUAL DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A LOS MEJORES DIRIGENTES DE ENTIDADES DE BIEN PUBLICO DE NUESTRA PROVINCIA”, según constancias obrantes a fjs. 2, 3, 4 y 5 del Expte. N° 12642/07 H.C.D. (4133-07-0178 D.E.).

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de abril de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 5001.

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