Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 3619/99 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Desígnase con el nombre de Malarredo, con altura 1900 al 2000, a la calle pública cedida por plano de Mensura N° 101-155-72, ubicada a ambas márgenes del Arroyo Soto entre las Mzs. 317 (por un lado) y Mzs. 319, 318 (por el otro) de la Circunscripción IV- Sección P; situada entre las calles Haydn y Amberes, de la ciudad de William Morris.

Art. 2°: El Departamento Ejecutivo a través de los Organismos competentes, adoptará las medidas pertinentes a los efectos de proceder a la colocación de los respectivos carteles indicadores.

Art. 3°: Comuníquese al D. E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 5014.

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