Cde. Expte. Nº 12626/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar a la firma LACAPOL S.A. a anexar el rubro Fabricación de Pinturas, Barnices y Lacas al rubro ya habilitado Venta, Mezcla y Fraccionamiento de Pinturas con Componentes ya Elaborados, Oficinas Administrativas, en el local industrial sito en Concepción Arenal 2412/30/34, de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo, nombre identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 135, Parcela 18.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 12626/06 H.C.D. (4133-05-1425 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. Asimismo, la habilitación a la cual se refiere al artículo 1°, será otorgada previa presentación del Certificado de Aptitud Ambiental a gestionarse ante la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de mayo de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 5069.