Cde. Expte. Nº 13089/07 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de la peticionante, Sra. Fabiana Mónica Wilk, D.N.I. 20.022.257, para la explotación del rubro Guarda de Camiones en el local sito en la calle Amanda Allen N° 289/91 de la Ciudad de Santos Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 408, Parcela 16.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 13089/07 H.C.D.
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Previa a dicha autorización deberá abonar las Tasas que pudieran corresponder a partir del comienzo de actividades.
Art. 5º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 6º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 5298.