Cde. Expte. N° 13117/07 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Convalídase el Acta Acuerdo suscripto entre la Municipalidad de Hurlingham y el Mrio. de Salud de la Pcia. de Buenos Aires, para la Transferencia de Bienes del Programa de Reforma de la Atención Primaria de la Salud (PROAPS) a los Municipios de la Pcia. de Buenos Aires, cuyo objetivo es asegurar a la población sin cobertura de salud y en situación de pobreza, el acceso a medicamentos esenciales.
Art. 2°: Acéptase la Transferencia de los bienes y equipos detallados en el Anexo que forma parte integrante del Acta Acuerdo mencionado por el Art. 1°, con destino exclusivo para el uso establecido por el PROAPS y utilizado en el Centro de Salud, dependiente de la Secretaría de Salud Pública.
Art. 3°: El D.E. a través de las Dependencias competentes procederá al Alta Patrimonial pertinente.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 5355.