Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0417/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El Departamento Ejecutivo a través de los organismos competentes, procederá a realizar operativos de control por arrojo de aguas servidas a la vía pública.

Art. 2º: Los operativos indicados en el artículo 1º, se realizarán en forma diurna y nocturna, labrando las actas de infracción que correspondieren, de acuerdo a lo normado en el Capítulo III, Art. 72, del Código de Faltas vigente.

Art. 3º: Una vez cumplido lo indicado precedentemente, el Departamento Ejecutivo elevará un informe exhaustivo a este H. Cuerpo, de los resultados obtenidos.

Art. 4º: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los catorce días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 156/96.

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