Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13261/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a suscribir un Convenio de Pago con la Empresa perteneciente al Sr. Hugo Alfredo Fernández, D.N.I. 7.765.750, en el marco del Concurso Preventivo presentado en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 del Departamento Judicial de Morón.

Art. 2°: Dicho Convenio se realizará por el importe reclamado por el Municipio a fjs. 12 y 12 vta.

Art. 3°: La forma de pago será la siguiente: 1 (un) año de gracia a contar a partir de la homologación del Acuerdo Preventivo, con más el 10 % de interés anual, a computar a partir de la presentación del Concurso. Luego se abonará durante 5 (cinco) años en cuotas anuales y de la siguiente manera:
a) 20 % al vencimiento del plazo de gracia;
b) 20 % al año del plazo de gracia;
c) 20 % a los 2 (dos) años del plazo de gracia;
d) 20 % a los 3 (tres) años del plazo de gracia;
e) 20 % a los 4 (cuatro) años del plazo de gracia.

Art. 4°: Los pagos serán efectuados en la moneda en que se declararon verificados y admisibles, siendo el domicilio de pago el de la Municipalidad de Hurlingham.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de abril de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5368.

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