Cde. Expte. Nº 13565/08 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Prohíbese el tránsito de vehículos de carga pesada a Empresas de Transporte de Carga, Logística, etc., en calles del Partido de Hurlingham, que a continuación se detallan:
Sebastián Gaboto desde Arturo Jauretche hasta Gral. Alfredo Rodríguez.
Manuel Ocampo desde Gdor. Vergara hasta Av. Gral. Julio A. Roca.
Art. 2°: Exceptúase de lo dispuesto por el artículo 1° a Empresas de Transporte de Pasajeros, Camiones de Recolección de Residuos y Transporte de Escolares.
Art. 3°: El D.E. procederá a instalar en dichas calles las señalizaciones pertinentes.
Art. 4°: El D.E. procederá a través de las áreas competentes y de los medios de difusión, a notificar de tal circunstancia a todas las Empresas mencionadas en el Art. 1° de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil ocho.
REGISTRADA BAJO EL N° 5677.