Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13490/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del Sr. Diego Miguel Sánchez, D.N.I. 7.677.459, para la explotación del rubro “Autoservicio”, encuadrado en los términos del Art. 1° Inc. b) y Art. 2° Inc. b), exceptuándose del cumplimiento del Art. 3° de la Ordenanza N° 4658, en el local sito en la calle Pedro Díaz N° 561 de la Ciudad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Manzana 8e, Parcela 15.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 13490/08 H.C.D., (4133-07-2531 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 5969.

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