Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 14039/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a la entidad peticionante A.T.S.A. (Asociación Trabajadores de la Sanidad), del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 138.858, por la deuda anterior al 07/07/2008. Si la entidad peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. D, del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal y del Inc. D, del Art. 6 de la Ordenanza Impositiva.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de mayo de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 6007.

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