Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14387/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Desaféctase a la parcela cuya nomenclatura catastral es Circ. IV, Rural 391d, Partida 135-62, 101-156.925, de la zonificación RI Residencial Mixta, dispuesta por la Ordenanza N° 10.832 Código de Ordenamiento Urbano.

Art. 2º: Designase a la parcela determinada en el Art. 1°, como Zona Urb. Residencial, con los siguientes indicadores

FOS 0,6 y FOT 0,8
Densidad 400 hab. por ha.
Altura 12 m
Uso predominante: Residencia
Usos complementarios: Actividades complementarias a la actividad principal.
Salud, Educación, Seguridad, Servicios, Comercio básico
Dimensión mínima de parcela 12 m de frente y 300 m2 de superficie.

Art. 3°: Por tratarse de un conjunto habitacional de carácter integral, es de aplicación el Art. 52 de la Ley Provincial 8912, conforme proyecto presentado en el Expte. N° 14387/09 H.C.D., (4133-09-2466 D.E.).

Art. 4°: El proyecto deberá cumplir con lo establecido en el Art. 56 de la Ley 8912, referido a la cesión de equipamiento comunitario y espacio verde.

Art. 5°: Se autoriza al D.E. a aprobar el proyecto de obra conforme los planos prototipos declarados en el Expte. N° 14387/09 H.C.D., (4133-09-2466 D.E.).

Art. 6°: Las parcelas generadas deberán contar con la infraestructura y la instalación de los siguientes servicios:
Pavimento con cordón cuneta,
Energía eléctrica,
Alumbrado público,
Agua corriente,
Cloaca,
Gas.

Art. 7°: La superficie destinada a estacionamiento vehicular deberá dar cumplimiento al Art. 49 de la Ley 8912.

Art. 8°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 6272.

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