Cde. Expte. Nº 13993/09 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. N° 13993/09 H.C.D., para que a través de los organismos competentes, proceda a desmalezar los sectores a la vera de los arroyos y cursos de agua próximos a la población de las tres localidades Hurlingham, William Morris y Villa Tesei, como también dentro de las áreas pobladas, y en las zonas cercanas al Camino del Buen Ayre, INTA, Autopista del Oeste y en toda la geografía del Distrito.
Art. 2°: Asimismo, se procederá a la inmediata fumigación de las áreas más vulnerables.
Art. 3°: Además, se realizaran campañas de difusión preventivas en los medios de comunicación locales, tanto escritos, televisivos y radiales.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de abril de dos mil nueve.
REGISTRADA BAJO EL N° 029/09.