Cde. Expte. Nº 13602/08 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante Sr. Marcelo Alejandro Di Tonto, D.N.I. 21.109.422, para la explotación del rubro Distribuidora de Alimentos, Fiambres, Quesos, Salchichas, Hamburguesas y Derivados, como actividad mayorista, en el local sito en la calle Pedro Díaz N° 1904/08/10/12, de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Chacra 12, Manzana 12b, Parcela 2.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 13602/08 H.C.D., (4133-08-1232 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil diez.
REGISTRADA BAJO EL N° 6690.