Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14742/10 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, de acuerdo a los solicitado a fs. 8 de las presentes actuaciones, a favor de la peticionante Sra. Andrea Rita Tosco, D.N.I. 17.778.406, para la explotación del rubro “Zapatería y Marroquinería”, en el local sito en la calle Atuel N° 453/57, de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 16a, Parcela 18.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 14742/10 H.C.D., (4133-10-0390 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil diez.

REGISTRADA BAJO EL N° 6695.

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