Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 6130/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Convalídase la prórroga, por tiempo indeterminado, de los Convenios suscriptos para los Jardines Maternales, Casa del Niño y Centros de Atención integral dependientes del Programa Desarrollo para la Infancia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, obrantes a fs. 1 a 6 del Expte. N° 6130/01 H.C.D., (4133-01-1233 D.E.).

Art. 2°: Autorízase al D.E. a suscribir los Convenios correspondientes para la continuidad del Programa mencionado en el art. 1°.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidos días del mes de octubre de dos mil diez.

REGISTRADA BAJO EL N° 6860.

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