Cde. Expte. Nº 0814/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: Gírase al D.E. el expediente Nº 0814/96 H.C.D. (4133-96-5627 D.E.), para que a través de los organismos competentes se informe sobre las medidas adoptadas al comprobar que el establecimiento mencionado en las presentes actuaciones, está funcionando sin la habilitación correspondiente.
Art. 2º: El D.E. informará al titular que el rubro que era comercializado no se encuentra encuadrado en los términos de la Ordenanza que permite las habilitaciones provisorias, sin perjuicio de proceder a la clausura del comercio en cuestión. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.
Art. 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0431/96.