Cde. Expte. Nº 1028/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El Departamento Ejecutivo, a través de los organismos competentes, remitirá a este H.C.D. el expediente Nº 4079/18254/94, para su estudio y tratamiento.
Art. 2º: A los efectos mencionados en el artículo anterior y con carácter previo, el D.E. procederá a realizar lo siguiente:
a) Informar por la Dirección General de Asuntos Jurídicos la viabilidad jurídica de la iniciativa contenida en el expediente de referencia.
b) Informar por la Dirección de Tierras y Viviendas y conforme consulta con los organismos provinciales competentes, si hay partidas destinadas a este tipo de emprendimientos y factibilidad de incluirlo en las mismas.
c) Por la Dirección de Entidades de Bien Público, informe institucional de la Cooperativa COMILNAC Ltda.
Art. 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0439/96.