Cde. Expte. Nº 13175/08 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a conceder aprobación a la instalación de un Cartel Columna, ubicado en el local sito en Av. Vergara N° 1595, de la Localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección J, Manzana 1, Parcela 1A, a favor de la Empresa Ciudad Color S.R.L.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 13175/08 H.C.D., (4133-08-0825 D.E.).
Art. 3º: La autorización concedida en el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la firma peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de abril de dos mil once.
REGISTRADA BAJO EL N° 7012.