Cde. Expte. Nº 1060/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes, procederá a incluir dentro de los planes de trabajo que viene realizando la Unidad de Generación de Empleo de la Pcia. de Bs. As., la pavimentación de las siguientes calles:
Alsina, desde Malaspina hasta Poeta Risso.
Vigo, desde Bustamante hasta Malaspina.
Arribeños, desde Torello hasta Alsina, y desde Albania hasta M. de Avilés.
Malaspina, desde Vigo hasta M. de Avilés.
Albania, desde Malaspina hasta A. Luna.
Tokio, desde Malaspina hasta Poeta Risso.
Alsina, desde Malaspina hasta Poeta Risso.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0440/96.