Cde. Expte. Nº 0968/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes, procederá a citar a los representantes legales de la Empresa “Transporte Villa Ballester”, Línea 237, para que presente la siguiente documentación:
a) Autorización de los organismos provinciales para su funcionamiento.
b) Conformidad y autorización de recorrido y paradas, por parte de la Municipalidad de Morón, y/o si ha realizado la pertinente gestión ante la Muncipalidad de Hurlingham, para la circulación dentro de este Partido.
c) Parque automotor autorizado a circular en este Partido.
d) Frecuencia horaria de circulación de los vehículos afectados al servicio en este Partido, munidos de los certificados de inspección técnica actualizados.
Art. 2º: En función del artículo 1º, el D.E., realizará las verificaciones que correspondan en la vía pública, con referencia a los incisos b); c); d) y e), e informará a este H. Cuerpo de los resultados obtenidos.
Art. 3º: Si la empresa en cuestión, no estuviera cumpliendo con alguno de los requisitos exigidos por las normas legales vigentes, sin perjuicio de lo indicado en el artículo 2º, el D.E. procederá conforme lo establecido en estos casos.
Art. 4º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0443/96.