Cde. Expte. Nº 0941/96 y Adj. 0942/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes, estudiará la posibilidad de peticionar ante las autoridades del I.N.S.S.J y P. (PAMI), que se mantenga en el Distrito de Hurlingham, la Agencia que la mencionada Obra Social posee en el mismo.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0454/96.