Cde. Expte. Nº 15185/11 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder registración de plano obrante a fs. 28, de acuerdo a lo solicitado a fs. 19 de las presentes actuaciones, a favor de la Entidad peticionante, Escuela Especial Camino al Sol, de la construcción civil sobre el predio ubicado en la calle La Patria N° 3554 de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección P; Manzana 65b; Parcela 23.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15185/11 H.C.D., (4133-10-2387 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la Entidad peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil once.
REGISTRADA BAJO EL N° 7296.